DOCUMENTOS MINISTERIALES
El Ministerio de Educación
Nacional dentro de sus Estrategias de la Política de Calidad Educativa:
contempla la Formación para ciudadanía mediante el Fortalecimiento
y expansión de los programas pedagógicos transversales y del programa
de Competencias Ciudadanas.
Los Proyectos Pedagógicos
Transversales establecidos en el art. 14 de la Ley 115 de 1994 son: Educación
Ambiental, Educación Sexual y Derechos Humanos (educación para la justicia, la
paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y la
formación de valores humanos).
¿QUÉ SON LOS PROYECTOS PEDAGÓGICOS TRANSVERSALES?
¿QUÉ SON LOS PROYECTOS PEDAGÓGICOS TRANSVERSALES?
Según AGUDELO y FLORES (1.997): Es
una estrategia de planificación de la enseñanza con un enfoque global, que toma
en cuenta los componentes del currículo y se sustenta en las necesidades e
intereses de los niños,
niñas y jóvenes y de la escuela, a fin de proporcionarles una educación
mejorada en cuanto a calidad y equidad.
OBJETIVO:
Diseñar, ejecutar y valorar el
trabajo educativo de los estudiantes para el crecimiento humano integral del
estudiante el desarrollo cultural y social donde se les permita responder a las
exigencias sociales actuales.
¿CÓMO SE HACE?
Cada E.E. conformará la Mesa de
Trabajo, o Comité para reflexionar, estudiar, programar lo que tenga que ver
con los Proyectos Transversales; los integrantes de la mesa serán los docentes
que lideran los proyectos pedagógicos. El Señor Rector emitirá una Resolución
interna con el fin de institucionalizar la Mesa de trabajo o el Comité.
Se sugiere partir de los
proyectos pedagógicos transversales que se están implementando en el EE o los
que requieren apoyo para garantizar el desarrollo y afianzamiento de las
actividades programadas por la mesa de trabajo, el docente o grupos de docentes
responsables del proyecto, ejemplo: diligenciamiento y sistematización de
encuestas a estudiantes, padres de familia y docentes, obra de teatro
relacionadas con el temas del proyecto, actividades con otros estudiantes, etc.
para garantizar la mayor participación, eficiencia y cobertura.
Identificar los estudiantes de grados décimo y once que poseen los conocimientos y las habilidades necesarias para apoyar el proyecto y que voluntariamente deseen vincularse a este.
Identificar los estudiantes de grados décimo y once que poseen los conocimientos y las habilidades necesarias para apoyar el proyecto y que voluntariamente deseen vincularse a este.
TEMAS QUE SE PUEDEN TRABAJAR CON
LOS PROYECTOS PEDAGÓGICOS TRANSVERSALES:
EDUCACIÓN AMBIENTAL.
Según el artículo 7º, del decreto
1743 de 1994, los alumnos de educación media de los establecimientos de
educación formal oficial y no oficial, pueden prestar su SSEO (Servicio Social
Educación Obligatoria) mediante la realización de los Proyectos Ambientales
Escolares en el marco de diagnósticos ambientales en los niveles local,
regional o nacional, con el propósito de coadyuvar en la resolución de
problemas ambientales específicos.
Cada E.E. deberá realizar un estudio de contexto con el fin de darles respuestas a estas realidades con proyectos pedagógicos los cuales deben estar dirigidos al desarrollo de las competencias ambientales en cuanto a la conservación y sostenibilidad del medio ambiente. Estos proyectos pedagógicos pueden estar orientados a la formación o consolidación de grupos ecológicos escolares o participando en temas ecológicos o ambientales como:
Cada E.E. deberá realizar un estudio de contexto con el fin de darles respuestas a estas realidades con proyectos pedagógicos los cuales deben estar dirigidos al desarrollo de las competencias ambientales en cuanto a la conservación y sostenibilidad del medio ambiente. Estos proyectos pedagógicos pueden estar orientados a la formación o consolidación de grupos ecológicos escolares o participando en temas ecológicos o ambientales como:
- Proyectos de reciclaje
- Cuencas hidrográficas
- Huertas Sostenibles
- Viveros ambientales
DERECHOS HUMANOS EN LA ESCUELA.
Estos proyectos pedagógicos pretenden
promover prácticas pedagógicas y culturas escolares que vivencien y respeten
cotidianamente los derechos humanos en la escuela, aportando al mejoramiento de
la calidad educativa. Para este propósito se puede direccionar el SSEO a temas
como:
- La educación para la justicia, la paz, la
democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y la
formación de valores humanos:
- Fortalecimiento del Manual de convivencia
- Gobierno Estudiantil.
- Personeros estudiantes.
- Conformación de mediadores de conflictos.
- Derechos de los niños y de la familia. Construcción
de ciudadanía: estudio y comprensión y la práctica de la Constitución y la
instrucción Cívica (Art.41 de la Constitución.
EDUCACIÓN SEXUAL
El tema de enseñanza obligatorio
denominado Educación Sexual, hoy replanteado por el MEN y el Fondo de Población
de las Naciones Unidas (UNFPA) como Proyecto de Educación para la Sexualidad y
Construcción de Ciudadanía, el que pretende implementar proyectos pedagógicos
de educación para la sexualidad, con enfoque de construcción de ciudadanía en
el marco del ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Cada establecimiento educativo, mediante el proyecto pedagógico debe orientar y promover entre sus estudiantes:
Cada establecimiento educativo, mediante el proyecto pedagógico debe orientar y promover entre sus estudiantes:
- Acciones que orienten la toma de decisiones
responsables, informadas y autónomas sobre su propio cuerpo
- El respeto a la dignidad de todo ser humano
- Valoración de la pluralidad de identidades y formas
de vida
- Vivencias y construcción de relaciones pacíficas,
equitativas y democráticas
- Educación para la vida y el amor
- Identidad y género entre otros
¿CÓMO PARTICIPAR EN LOS
PROYECTOS PEDAGÓGICOS?
- En primera instancia el Consejo directivo determina
y establece los lineamientos para la inclusión del SSEO en el PEI
atendiendo las normas vigentes, estudia las opciones que responden a las
necesidades del contexto donde está ubicado el EE, los procedimientos y
las normas internas que lo reglamenta, las que deben ser adoptadas en el
respectivo Manual de Convivencia.
- El establecimiento EE a través del coordinador
académico o de los coordinadores del SSEO, socializan a los estudiantes de
10º y 11º, las opciones, procesos, reglamentos concertados para el
presente año escolar.
- Los estudiantes voluntariamente escogen el proyecto
de su interés y establece compromisos y tiempos de ejecución. Esta
actividad debe hacerse al iniciar el año escolar.
- Los coordinadores del SSEO, orientan y acompañan
permanentemente a los estudiantes para el desarrollo del cronograma de
actividades y llevan el control de asistencia.
- Los estudiantes debe participar activamente en las
actividades y eventos organizados durante tiempo establecido.
- Al finalizar el año escolar los estudiantes con el
acompañamiento de los docentes coordinadores, realizan la evaluación del
proyecto y socializan los trabajos desarrollados ante la comunidad
educativa.
- Cumplido el proyecto el estudiante obtendrá la
certificación con las horas cumplidas.
¿QUIÉN COORDINA Y HACE CONTROL Y SEGUIMIENTO A LOS PROYECTOS?
A nivel Institucional: El docente
que coordina el SSEO en coordinación con los docentes de las área afines a cada
tema (Ciencias Sociales, Naturales y Ética) y las orientadoras escolares que
hace parte de los respectivos comités o mesas de trabajo institucionales.
A nivel municipal:
Las Unidades desconcentradas y a nivel departamental: El Profesional
Universitario de la Secretaria de Educación encargado del subproceso Proyectos
transversales de la oficina de Calidad Educativa.
ORIENTACIONES PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR COMPLEMENTARIA.
¿QUÉ SON LAS JORNADAS ESCOLARES COMPLEMENTARIAS?
Son programas que complementan
los desarrollos curriculares de los Establecimientos Educativos. El objetivo de
estos programas es orientar pedagógicamente la utilización del tiempo libre en
actividades que favorezcan las competencias básicas y ciudadanas especialmente
en los niños, niñas y jóvenes en condición de mayor vulnerabilidad.
¿QUÉ SE PROPONEN LAS JORNADAS ESCOLARES COMPLEMENTARIAS?
Se busca que los estudiantes
contribuyan con el logro de los siguientes objetivos en los niños, niñas y
jóvenes de mayor vulnerabilidad, de conformidad con el artículo 5º del
Decreto 1729 de mayo 21 de 2008:
A) Mejorar la calidad del
aprendizaje, brindando espacios de refuerzo escolar;
B) Brindar ambientes de aprendizaje
que ofrezcan oportunidades para el conocimiento y aplicación de la tecnología;
C) Disminuir los riesgos de
la población infantil y juvenil, alejando a los estudiantes del ocio
improductivo y las actividades nocivas, propiciando espacios que estimulen el
buen uso del tiempo libre;
D) Incentivar en los niños,
niñas y jóvenes prácticas culturales que se orienten al respeto por los
derechos humanos, la valoración de las diferencias y el ejercicio de la
democracia.
MODALIDADES DE ATENCIÓN DE LAS JORNADAS ESCOLARES COMPLEMENTARIAS:
A) Formación artística y cultural
Campo del conocimiento, prácticas
y emprendimiento que busca potenciar y desarrollar la sensibilidad, la
experiencia estética, el pensamiento creativo y la expresión simbólica a partir
de manifestaciones materiales e inmateriales en contextos interculturales que
se expresan desde lo sonoro, lo visual, lo corporal y lo literario.
B) Educación ambiental
Entendemos la modalidad de
ambientalismo y ecología como aquella que debe permitir a los estudiantes: 1.
Conocer las interrelaciones que existen en su contexto inmediato. 2.
Identificar y reconocer las constantes relaciones que se crean con el ambiente.
3. Hacer consciente la responsabilidad que se bebe asumir frente al entorno.
C) Escuelas deportivas
Son organizaciones con proyecto
pedagógico y deportivo, implementadas como estrategias extraescolar para la
orientación y prácticas de las actividades físicas y recreativas y enseñanza
del deporte en el niño y joven colombiano. Con estas se busca el desarrollo físico
y socio afectivo progresivo, promoviendo la generación de habilidades y
experiencias motrices, el perfeccionamiento del deporte participativo y la
especialización hacia el deporte competitivo.
D) Ciencia y tecnología
Como actividad humana la
tecnología busca resolver problemas y satisfacer necesidades individuales y
sociales, transformando el entorno y la naturaleza mediante la utilización
racional, crítica y creativa de recursos y conocimientos.
Esta modalidad debe proponer a los estudiantes formas de relacionarse con la tecnología y propender por que se acerquen a espacios en los que puedan conocer, crear y explorar la tecnología.
Esta modalidad debe proponer a los estudiantes formas de relacionarse con la tecnología y propender por que se acerquen a espacios en los que puedan conocer, crear y explorar la tecnología.
TIEMPO Y LUGAR:
Los programas de jornada escolar
complementaria se desarrollarán durante el año escolar, en el horario contrario
al destinado para las actividades pedagógicas. Las actividades podrán
realizarse dentro o fuera de la institución, de acuerdo con la programación
establecida por el EE.
¿QUIÉNES PARTICIPAN?
En estas actividades participan
coordinadamente, el docente coordinador del servicio social estudiantil
obligatorio (SSEO), los estudiantes de los grados 10º y 11º que prestaran el
SSEO, el EE y los estudiantes a quienes van dirigidos los programas
(estudiantes de preescolar y básica primaria de mayor vulnerabilidad).
SEGUIMIENTO Y CONTROL:
El servicio social estudiantil
obligatorio, será coordinado en la Institución Educativa, por un docente. En el
municipio por las unidades desconcentradas y a nivel Departamental por la
Secretaría de Educación Departamental, quienes serán los responsables del
seguimiento y control.
La Secretaria de Educación desde la Oficina de Calidad, brindará todo el apoyo para la asesoría y acompañamiento a los Proyectos Transversales.
La Secretaria de Educación desde la Oficina de Calidad, brindará todo el apoyo para la asesoría y acompañamiento a los Proyectos Transversales.
ACTIVIDAD
:
Preguntas
y situaciones para el diálogo entre los docentes:
1.
¿Porque considera que es importante el
seguimiento y control de los Proyectos pedagógicos Transversales?
2.
¿Qué otras
Propuestas pedagógicas se podrían trabajar con los proyectos pedagógicos
transversales en la ENSI?
3.
Desde la Lectura, ¿considera importante y
problemático en el contexto de nuestro país trabajar estos proyectos
pedagógicos en la escuela? Justifique su respuesta desde su formación
pedagógica
|
A CONTINUACIÓN ENCONTRARÁ EL FUNDAMENTO LEGAL, DESDE LA LEY 115/94 QUE SUSTENTA EL VALOR Y EXIGENCIA DE LOS PROYECTOS TRANSVERSALES EN LA ESCUELA
PROYECTOS TRANSVERSALES: ENSEÑANZA OBLIGATORIA
(LEY 115/94, ART. 14)
Es por ello que en este momento las temáticas de educación ambiental, educación sexual, prevención del consumo de sustancias psicoactivas y la educación para la justicia, la paz, la democracia y la solidaridad (formación en valores humanos) están apoyados por políticas nacionales.
La ley general de educación contempla en los fines de la educación y en los objetivos específicos de cada nivel de formación (preescolar, básica, media), los tópicos relacionados con los proyectos transversales que se han de formar en los estudiantes. Dichos tópicos son los siguientes:
Art. 5: Fines de la educación:
1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del
medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la
prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del
patrimonio cultural de la Nación.
12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.
Art. 16: Objetivos Específicos de la Educación Preescolar
g) El estímulo a la curiosidad para observar y explorar el medio natural, familiar y social;
j) La formación de hábitos de alimentación, higiene personal, aseo y orden que generen conciencia sobre el valor y la necesidad de la salud.
Art. 20: Objetivos Específicos de la Educación Básica Primaria
a) La formación de los valores fundamentales para la convivencia en una sociedad democrática, participativa y pluralista;
h) La valoración de la higiene y la salud del propio cuerpo y la formación para la protección de la naturaleza y el ambiente;
k) El desarrollo de valores civiles, éticos y morales, de organización social y de convivencia
humana;
Art. 22: Objetivos Específicos de la Educación Básica Secundaria
e) El desarrollo de actitudes favorables al conocimiento, valoración y conservación de la naturaleza y el ambiente;
m) La valoración de la salud y de los hábitos relacionados con ella;
Art. 30: Objetivos Específicos de la Educación Media
e) La vinculación a programas de desarrollo y organización social y comunitaria, orientados a dar solución a los problemas sociales de su entorno;
f) El fomento de la conciencia y la participación responsables del educando en acciones cívicas y de servicio social;
g) La capacidad reflexiva y crítica sobre los múltiples aspectos de la realidad y la comprensión de los valores éticos, morales, religiosos y de convivencia en sociedad.
e) (Art. 22) El desarrollo de actitudes favorables al conocimiento, valoración y conservación de la naturaleza y el ambiente.
La implementación de los PROYECTOS TRANSVERSALES esta soportada conceptual y metodológicamente en normas y Políticas Nacionales claramente planteadas. Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994(Reglamenta la ley 115 en los aspectos pedagógicos).
CAPITULO V. ORIENTACIONES CURRICULARES.
Artículo 36. Proyectos Pedagógicos.
El proyecto pedagógico es una actividad dentro del plan de estudio que de manera planificada ejercita al educando en la solución de problemas cotidianos, seleccionados por tener relación directa con el entorno social, cultural, científico y tecnológico del alumno. Cumple la función de correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de diversas áreas, así como de la experiencia acumulada.La enseñanza prevista en el artículo 14de la Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos.
Los proyectos pedagógicos también podrán estar orientados al diseño y elaboración de un producto, al aprovechamiento de un material o equipo, a la adquisición de dominio sobre una técnica o tecnología, a la solución de un caso de la vida académica, social, política o económica y en general, al desarrollo de intereses de los educandos que promuevan su espíritu investigativo y cualquier otro propósito que cumpla los fines y objetivos en el proyecto educativo institucional.La intensidad horaria y la duración de los proyectos pedagógicos se definirán en el respectivo plan de estudios.
ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA:
Luego de haber leído la última
información acerca del margo legal de la transversalidad, consulte en la Ley
general de educación para verificar si existen otros artículos que sustenten la
exigencia de la incorporación de la transversalidad en su proceso pedagógico
como docente; y en segunda instancia, revise el PEI de la ENSI y verifique qué
artículos soportan tal exigencia ministerial.
|